Fotografía: Especial 

En sesión ordinaria del Congreso local, las y los diputados exhortaron a los 84 municipios para que fortalezcan e intensifiquen las medidas informativas para prohibir a las áreas de su competencia que soliciten actas de nacimiento recientes para la realización de algún trámite o servicio, ya que pedir este documento con una temporalidad de expedición va contra la ley.

Se señaló que en el artículo 397 de la Ley para la Familia vigente para el Estado de Hidalgo se establece que las constancias que expida el Registro del Estado Familiar no se sujetarán a una temporalidad para su vigencia desde su expedición, al igual que las copias certificadas de las mismas, salvo que éstos documentos sean ilegibles, sufran modificaciones, tengan raspaduras o enmendaduras.
En la lectura del acuerdo económico, se subrayó que en primer lugar, no existe ningún fundamento legal para establecer una vigencia en las referidas actas y en segundo lugar, ninguna autoridad puede condicionar la validez de las mismas a determinada fecha, pues además de ser inconstitucional, genera un gasto económico a las familias, así como inestabilidad e incertidumbre jurídica respecto de los documentos emitidos por el Registro Civil.

Hay que destacar que pese a que esta disposición ya tiene más de dos años, sigue siendo una práctica común entre diversas instituciones y organismos públicos el hecho de continuar solicitando actas de nacimiento con cierta temporalidad en su expedición para realizar algún trámite o poder gozar de algún servicio.