Fotografía: Especial

 

Aunque las y los integrantes del Congreso local ya aprobaron la expedición de la Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Hidalgo, mediante la cual por fin, después de 20 años se regula y completa la figura de responsabilidad patrimonial del Estado, será hasta el próximo año cuando pueda ser efectiva.

Dado que ya fue aprobada por el Congreso local, ahora se tendrá que esperar a que se publique en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH) para que pueda entrar en vigor; pero esto no es suficiente, pues como parte de los transitorios de esta ley se establece que el procedimiento iniciará al año siguiente a su entrada en vigor.

Por lo que la ciudadanía hidalguense tendrá que esperar para acceder al mecanismo mediante el cual podrá recibir una indemnización por los daños en los bienes o derechos ocasionados como consecuencia directa de una actividad administrativa irregular.

De este modo, los entes públicos deberán incluir en sus respectivos presupuestos de egresos para el ejercicio fiscal del año siguiente a la entrada en vigor de esta ley una partida destinada a su responsabilidad patrimonial para pagar los daños en orden cronológico y en su totalidad.

Ahora bien, la actividad administrativa irregular se entenderá como aquella acción u omisión que cause daño o perjuicio a los bienes y derechos de las personas que no tengan la obligación jurídica de soportar, sin fundamento legal o causa jurídica alguna, el daño o perjuicio de que se trate por parte de entes públicos estatales y municipales.

Cuando esto ocurra, la persona afectada deberá de presentar un procedimiento de responsabilidad patrimonial ante el ente responsable, y si se está inconforme con la resolución podrá impugnarse mediante la vía jurisdiccional ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Hidalgo,