Fotografía: Especial

 

Con el objetivo de que diversos negocios, establecimientos y espacios públicos no cometan discriminación en contra de las personas que acuden a estos sitios acompañados por animales de apoyo o asistencia, el diputado local de la Fracción del Partido del Trabajo (PT), Osiris Leines Medécigo, propuso reformar la ley para prevenir, atender, sancionar y eliminar la discriminación en Hidalgo en materia de animales de asistencia.

En su argumentación, el legislador mencionó que el fenómeno de la discriminación ha sido visibilizado en las últimas décadas, derivado principalmente de la movilidad social y el activismo que ha cobrado relevancia en nuestro país y que además ha sido puesto en la agenda pública de diversos países como una situación que perjudica a las sociedades.

Y destacó que entre los motivos por los que se discrimina a ciertos sectores de la población como a las personas que padecen un discapacidad o alguna enfermedad específica, es porque suelen acudir acompañados a diversos sitios privados y públicos con animales que más que mascotas son animales de compañía que ayudan en gran medida a sus dueños, a pesar de que los animales han sido entrenados para tener un buen comportamiento.

“Desde hace décadas las personas con alguna discapacidad pueden apoyarse de animales de asistencia para llevar a cabo ciertas actividades. No obstante, para llevar a cabo alguna de estas actividades por parte de algún animal es indispensable que sean entrenadas por personas especialistas que puedan dotar a estos animales de un correcto adiestramiento y comportamiento”, dijo.

Agregó que es muy conocido que para la terapia, el apoyo emocional, así como el servicio o asistencia, el uso de animales varía dependiendo del enfoque y uso que se les busque dar.

En ese sentido dijo: “Es común visualizar a los perros como los principales agentes que brindan asistencia a personas con discapacidad a desarrollar prácticas cotidianas día con día”.

Por lo anterior se considerará como discriminación el impedir el acceso a los inmuebles que brinden servicio o atención al público o establecimientos mercantiles derivada de falta de accesibilidad de estos, así como impedir, negar, restringir o condicionar el acceso de las personas con discapacidad a establecimientos públicos y privados con animales de apoyo y asistencia.