Fotografía: Especial

 

Debido a que los municipios han hecho caso omiso para cumplir con lo establecido en el decreto número 220 que aprobó la LXV Legislatura del Congreso local, y publicado el 15 de julio en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), las y los diputados locales aprobaron un exhorto para que ahora sí puedan cumplir.

Pues han pasado más de cuatro meses desde que entró en vigor la adición de un párrafo segundo al artículo 476 de la Ley para la Familia del Estado de Hidalgo, modificación mediante la cual la población puede acceder al beneficio de poder solicitar la corrección administrativa de las actas, por vicios o defectos, ante la Oficialía del Registro Familiar municipal para que pase a la instancia estatal.

Pero hasta este momento el Registro del Estado Familiar del Estado de Hidalgo no ha realizado ninguna actividad de coordinación con los municipios para establecer el proceso administrativo a seguir, así como la definición de tiempos, todo con el objeto de hacer cumplir este proceso para no hacer gastar a las personas tiempo y dinero.

Ya que lamentablemente por esta situación, hoy la gente no puede corregir en sus municipios sus actas de nacimiento, reconocimiento de hijos, matrimonio, concubinato, divorcio, tutela, emancipación, muerte, inscripción de las ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de muerte o la de haber perdido la capacidad legal para administrar bienes.