Fotografía: Especial

 

 

Para que ninguna persona que sea deudora alimentaria esté ocupando algún cargo, empleo o comisión del servicio público, integrantes del Congreso local proponen reformar la Constitución Política del Estado de Hidalgo para definir en qué casos se hará una suspensión de derechos para trabajar en la administración pública.

 

La diputada local, Elvia Yanet Sierra Vite, señaló que el pasado 28 de abril la Cámara de Senadores aprobó modificar los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar un cargo, empleo o comisión del servicio público.

 

Para los casos de: tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida e integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexual, el normal desarrollo psicosexual, por violencia familiar, equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual, violencia política contra las mujeres en razón de género o cualquiera de sus modalidades y tipos, así como ser una o un deudor alimentario moroso.

 

De este modo, el Congreso local se suma a esta minuta para establecer estos mismos supuestos en los que las personas no podrán ser registradas como candidatas o candidatos a cualquier cargo de elección popular, ni ser nombradas para empleo, cargo o comisión en el servicio público, todo esto a nivel estatal.

 

Coincidieron en que bajo ninguna circunstancia es permisible que las personas dejen a la deriva y a su suerte a aquellas personas que depende de ellas, indicaron que con esta acción no solo se obligará jurídicamente a cumplir, sino que un deber moral y social el atender y velar por la seguridad y bienestar familiar.

 

 

 

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