Fotografía: Especial

 

 

La Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH) informó que este martes 30 de mayo venció el plazo para que las y los trabajadores, de patrones que tiene la denominación de persona moral, recibieran el pago de utilidades, pero si no fue así, pueden acudir al Centro de Conciliación Laboral del Estado de Hidalgo (CCLEH).

 

José Antonio Vargas Olmedo, director jurídico con facultades de Dirección General por Ministerio de Ley del CCLEH, explicó que las empleadores que están inscritos en hacienda bajo la personalidad jurídica de persona moral tuvieron hasta este martes para hacer el reparto de utilidades.

 

Este derecho es aquel que surge a raíz de que la empresa está obligada a repartir parte de las ganancias que obtuvo el año anterior del ejercicio fiscal, y que de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, en donde se establece que si las personas físicas o morales generaron ganancias de 300 mil pesos o más, están obligadas a repartir este recurso entre las y los trabajadores que estén a su servicio.

 

No obstante, una vez que ya concluyó el plazo, las y los trabajadores que no hayan recibido este pago, podrán acudir al módulo de la Procuraduría Estatal de la Defensa del Trabajo (PEDT) para recibir la orientación jurídica gratuita a fin brindar justicia laboral pronta y cercana, privilegiando el diálogo para resolver las controversias, pues en caso de que se nieguen, serán acreedoras a una sanción.

 

De este modo, se recuerda a las personas que las instalaciones del CCLEH están ubicadas en la avenida Benito Juárez número 394, en San Juan Tilcuautla, municipio de San Agustín Tlaxiaca o podrán comunicarse a los teléfonos 771 688 56 20, 771 688 60 19 y 771 688 56 06.

 

Finalmente, Vargas Olmedo señaló que en el caso de las personas físicas, tienen hasta el 29 de junio de este año para hacer la entrega de utilidades en tiempo y forma. Pero se recordó que en cualquiera de los dos casos, la o el trabajador cuenta con un plazo de un año para hacer valer su derecho, esto incluso si ya no presta sus servicios para el patrón o que su contrato haya concluido.

 

 

 

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