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Para el otorgamiento de la pensión de la vejez es necesario tener 65 años cumplidos reconocidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y mil 250 semanas de trabajo cotizadas señaló la titular de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de Hidalgo (STPSH), María de los Ángeles Eguiluz Tapia.
Uno de los beneficios más importantes es contar con seguridad social, la cual permite poder retirarse de la vida de trabajo con una pensión, siempre que se hayan cubierto los requisitos dispuestos en la Ley.
Para ello es necesario tener 65 años cumplidos y tener reconocidos por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), un mínimo de 500 cotizaciones semanales conforme a la ley anterior o bien, mil 250 semanas conforme a la ley vigente, en caso de no cubrir estos requisitos, el asegurado podrá retirar el saldo de su cuenta individual o seguir cotizando hasta cubrir las semanas necesarias.
Eguiluz Tapia detalló que conforme al régimen anterior de pensiones, el monto de la pensión se calcula considerando el salario promedio de las últimas 200 semanas de cotización y los incrementos anuales, los cuales se determinan de acuerdo con el número de cotizaciones semanales reconocidas al asegurado con posterioridad a las primeras 500 semanas de cotización.
Explicó que tratándose de la Pensión de Vejez, esta se otorgará previa solicitud del asegurado y se le cubrirá a partir de la fecha en que haya dejado de trabajar, previo cumplimiento de la edad de 65 años y las mil 250 cotizaciones; mientras que la pensión de Cesantía en Edad Avanzada, será aplicable desde el día en que el asegurado cumpla con la edad de 60 a 64 años y las cotizaciones semanales requeridas.
De acuerdo con el nuevo régimen de pensiones, el asegurado que reúna los requisitos podrá optar por algunas de las siguientes alternativas: contratar una renta vitalicia con la compañía de seguros de su elección, la cual se actualizará anualmente en el mes de febrero conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor o mantener el saldo de su cuenta individual en una administradora de fondos para el retiro (Afore) y efectuar retiros programados con cargo a ésta.
Finalmente, la Secretaria del Trabajo en la entidad, reiteró que la formalidad ofrece grandes beneficios para la población trabajadora y sus familias, por lo que la invitó a conocer cada uno de estos y priorizarlos ante ofertas de trabajo que quizás otorguen un sueldo ligeramente mayor pero sin los derechos y protecciones que marca la ley.
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