Fotografía: Captura de pantalla

 

Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) rechazaron parcialmente la solicitud de aclaración del Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH) respecto a cuál es el porcentaje de postulación y orden de alternancia de género válido para los casos en los que la integración de las planillas municipales supere el 50 por ciento de mujeres.

El magistrado local, Manuel Alberto Cruz Martínez, explicó que lo que pretendía el organismo electoral local a través de esta solicitud no era precisamente una aclaración, sino que en el fondo buscaba realizar tanto una modificación de los efectos de la sentencia emitida la semana pasada, como hacer una consulta legal al pretender que el tribunal se pronunciará respecto a la representación proporcional de regidurías, para lo cual no pueden asesorar ni adelantar criterios ante futuros escenarios.

Dado que los planteamientos expuestos por el IEEH rebasaron la reglamentación vigente para la promoción de este tipo de aclaraciones, por ello los magistrados locales determinaron declarar improcedente atender su solicitud en estos dos temas en específico.

En cuanto hace a la tercera pregunta que hizo el IEEH sobre cuál es exactamente la orden impuesta, el magistrado local con palabras más sencillas les advirtió que la posibilidad que se abrió con la sentencia para postular a más mujeres que hombres no es una obligatoriedad para los partidos; pero en caso de que en determinados casos donde por estrategia política se cambie el porcentaje de género en planillas, esto debe analizarse con el sentido de progresividad y no de forma limitativa.

 

 

SJA