La Ley General de Educación y las maestras y maestros

 

“Los planes y programas que la Secretaría determine en cumplimiento del presente Capítulo, así como sus modificaciones, se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y en el órgano informativo oficial de cada entidad federativa y, previo a su aplicación, se deberá capacitar a las maestras y los maestros respecto de su contenido y métodos, así como generar espacios para el análisis y la comprensión de los referidos cambios”.

 

Ley General de Educación

La Ley General establece la obligación de toda persona de acceso al derecho a la educación, definiendo este como el medio para adquirir, actualizar, completar y ampliar sus conocimientos, capacidades, habilidades y aptitudes que le permitan alcanzar su desarrollo personal y profesional; como consecuencia de ello, contribuir a su bienestar, a la transformación y el mejoramiento de la sociedad de la que forma parte.

Se señala que, con el ejercicio de este derecho, inicia un proceso permanente centrado en el aprendizaje del educando que contribuye a su desarrollo humano integral y a la transformación de la sociedad; siendo un factor determinante para la adquisición de conocimientos significativos y la formación integral para la vida de las personas, con un sentido de pertenencia social basado en el respeto de la diversidad, y es medio fundamental para la construcción de una sociedad equitativa y solidaria.

El Estado tiene la obligación de priorizar el interés superior de niñas, niños y adolescentes en el ejercicio de su derecho a la educación, para ello garantizará el desarrollo de programas y políticas públicas que hagan efectivo ese principio constitucional.

En el Sistema Educativo Nacional, como todo orden sistemático, se establece la participación, con sentido de responsabilidad social, los actores, instituciones y procesos que lo componen y se constituye por: I. Los educandos; II. Las maestras y los maestros; III. Las madres y padres de familia o tutores, así como a sus asociaciones; IV. Las autoridades educativas; V. Las autoridades escolares; VI. Las personas que tengan relación laboral con las autoridades educativas en la prestación del servicio público de educación;

VII. Las instituciones educativas del Estado y sus organismos descentralizados, los sistemas y subsistemas establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la presente ley y demás disposiciones aplicables en materia educativa; VIII. Las instituciones de los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios; IX. Las instituciones de educación superior a las que la ley otorga autonomía.

X. Los planes y programas de estudio; XI. Los muebles e inmuebles, servicios o instalaciones destinados a la prestación del servicio público de educación; XII. Los Consejos de Participación Escolar o sus equivalentes creados conforme a esta Ley; XIII. Los Comités Escolares de Administración Participativa, y XIV. Todos los actores que participen en la prestación del servicio público de educación.

El Estado debe fomentar la participación activa de los educandos, madres y padres de familia o tutores, maestras y maestros, así como de los distintos actores involucrados en el proceso educativo y, en general, de todo el Sistema Educativo Nacional, para asegurar que este extienda sus beneficios a todos los sectores sociales y regiones del país, a fin de contribuir al desarrollo económico, social y cultural de sus habitantes.

Muchas son las obligaciones de las autoridades con nuestros educadores, entre algunas destacamos: que las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, constituirán el sistema integral de formación, capacitación y actualización, para que las maestras y los maestros ejerzan su derecho de acceder a este, en términos de lo que determine la ley en materia de mejora continua de la educación.

Estas mismas, en el ámbito de su competencia, promoverán la formación y capacitación de maestras y maestros para desarrollar las habilidades necesarias en el uso de las tecnologías de la información, comunicación, conocimiento y aprendizaje digital para favorecer el proceso educativo.

Que en el Acuerdo Educativo Nacional se revalorice a las maestras y los maestros como agentes fundamentales del proceso educativo, profesionales de la formación y del aprendizaje con una amplia visión pedagógica.

Las maestras y los maestros son agentes fundamentales del proceso educativo y, por tanto, se reconoce su contribución a la transformación social.

La revalorización de las maestras y maestros persigue los siguientes fines:

Priorizar su labor para el logro de metas y objetivos centrados en el aprendizaje de los educandos; II. Fortalecer su desarrollo y superación profesional mediante la formación, capacitación y actualización; III. Fomentar el respeto a la labor docente y a su persona por parte de las autoridades educativas, de los educandos, madres y padres de familia o tutores y sociedad en general; así como fortalecer su liderazgo en la comunidad.

IV. Reconocer su experiencia, así como su vinculación y compromiso con la comunidad y el entorno donde labora, para proponer soluciones de acuerdo a su contexto educativo; V. Priorizar su labor pedagógica y el máximo logro de aprendizaje de los educandos sobre la carga administrativa; VI. Promover su formación, capacitación y actualización de acuerdo con su evaluación diagnóstica y en el ámbito donde desarrolla su labor.

VII. Impulsar su capacidad para la toma de decisiones cotidianas respecto a la planeación educativa; VIII. Otorgar, en términos de las disposiciones aplicables, un salario profesional digno que permita a las maestras y los maestros de los planteles del Estado alcanzar un nivel de vida decoroso para ellos y su familia; arraigarse en las comunidades en las que trabajan y disfrutar de vivienda digna; así como disponer del tiempo necesario para la preparación de las clases que impartan y realizar actividades destinadas a su desarrollo personal y profesional; y IX. Respetar sus derechos reconocidos en las disposiciones legales aplicables.

Felicidades a todos aquellos que tienen la gran responsabilidad de formar a seres humanos en los distintos niveles educativos.

 

Visionare. Muchas asignaturas pendientes en la educación.

 

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