Visión Constitucional
Desde la Visión Constitucional, la revocación de mandato solo procede por mayoría absoluta; esto es, más del 50 por ciento, lo que equilibraría con la propuesta de una mayoría absoluta de participación en el ejercicio, dos porcentajes absolutos que nos llevaría a una autentica decisión consensuada de los ciudadanos que superen con claridad la mayoría por la que hubiera sido electo el Ejecutivo.
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