Fotografía: Nelly Téllez

Hasta este momento el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) reporta que se han presentado tres casos en el estado de Hidalgo donde se logró acreditar la violencia política en contra de las mujeres por razón de género en los municipios de Francisco I. Madero, Zapotlán de Juárez y Omitlán de Juárez.

De acuerdo a lo informado, dos de estos casos fueron contra regidoras de dos municipios, el primero caso se suscitó en 2016 en Zapotlán de Juárez, donde la agraviada denunció que fue indebidamente destituida de su cargo, fue violentada por integrantes del ayuntamiento y se le pusieron trabas para regresar a ocupar la regiduría que ostentaba.

En este caso aunque el TEEH resolvió que eran improcedentes los agravios, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) recibió la queja y resolvió revocar la sentencia impugnada y obligó al ayuntamiento a restituir a la actora, además de que sí acreditaron indicio de violencia porque los comentarios vertidos no debían haber sido expresados.

El segundo caso contra una regidora fue en el 2017 en el municipio de Francisco I. Madero donde la actora denunció que se le atentó contra su derecho a la libre expresión y manifestación de ideas, además de que fue amenazada por el alcalde con destituirla del cargo por anda “ventilándolo en los periódicos”.

Ya que la actora informó ante un medio de comunicación sobre las percepciones recibidas por concepto de aguinaldo por parte del presidente municipal y su esposa, por lo cual el edil mediante acta de cabildo ordenó un procedimiento de investigación contra la regidora, ante esto la regidora presenta una queja en el ayuntamiento para remitirse al TEEH.

Pero el personal del ayuntamiento fue omiso para enviarlos al TEEH, por lo que la regidora presentó la queja ante la oficialía de parte de ese órgano jurisdiccional local. Así fue como magistrados electorales locales tras el análisis minucioso del caso determinaron que le asistía la razón a la actora y se procedió a tomar las medidas necesarias para corregir el proceder indebido de las autoridades.

El tercer caso fue durante la campaña del proceso electoral extraordinario del municipio de Omitlán de Juárez 2016-2017, donde el Partido de la Revolución Democrática (PRD) interpuso una queja al percatarse de bardas pintadas y panfletos donde difamaban e insultaban a su candidata postulada para ese proceso extraordinario.

A lo que los magistrados determinaron refirieron que sí se atentó contra la candidata perredista por lo que en ese momento se vinculó a la subprocuraduría de asuntos electorales de la Procuraduría General de Justicia y a la Comisión de Derechos Humanos, ambas del estado de Hidalgo, para que realizaran las investigaciones correspondientes.

 

 

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