Fotografía: Especial

El Servicio de Administración Tributario (SAT) pide a las y los contribuyentes presentar su declaración en tiempo y forma a través de su portal de Internet, toda vez que no tiene contemplada ninguna prórroga para la presentación de la declaración anual 2019 de las personas físicas y morales.

Ante la inquietud de la población si el SAT también habría de replicar la estrategia de ampliar plazos o dar prórrogas excepcionales para cumplir con esta obligación como se ha hecho en otras áreas gubernamentales ante determinados trámites por la contingencia, el SAT se ha mostrado inflexible y los plazos siguen vigentes.

De esta manera los plazos fatales son los siguientes, el 31 de marzo es la fecha límite para las personas morales, mientras que para las personas físicas es el 30 de abril del presente año.

La recomendación es reunir las facturas que se tengan para presentarlas bajo los conceptos médicos, análisis clínicos, compra de lentes o aparatos clínicos que se pueden deducir cuando estos hayan sido pagados mediante la entrega de un cheque, se haya hecho con transferencia electrónica o usado la tarjeta de débito, crédito o de servicios.

Hay que recordar que el monto total de las deducciones personales, sin contar gastos médicos por incapacidad y discapacidad, donativos, aportaciones voluntarias y aportaciones complementarias de retiro, depósitos en cuentas especiales para el ahorro y colegiaturas, no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización anuales equivalentes a 154 mil 110 pesos o del 15 por ciento del total de tus ingresos.

 

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