Fotografía: Especial
La mañana de este martes los magistrados de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocaron la sentencia del juicio ciudadano 4 de este año que se emitió el pasado 26 de febrero por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) porque no había fundamentos para señalar violencia política.
Hay que referir que quienes impugnaron esta sentencia del TEEH fueron, Raúl Armando Padilla Islas y Luz Aracely Samperio Islas, alcalde como la síndica del municipio de Epazoyucan, pues en dicha sentencia del TEEH se les amonestó públicamente por ejercer violencia política cuando no fue así.
Ante esto el magistrado, Alejandro David Avante Juárez, refirió que a las autoridades denunciantes y responsables se les fincó una violencia política, porque que la demanda que presentó la regidora, Laura Ortiz Arciga, en 2019 dio un giro en cuanto al señalamiento de los hechos.
Pues ella planteó un escenario de la omisión de la entrega de determinada información; pero por razones procedimentales se dividió y replanteó el asunto para actualizar un escenario de violencia política por razón de género, pese a que la denunciante no lo denunció, por ello se tuvo que aclarar en la Sala Regional Toluca que no hubo violencia política y las autoridades cumplieron con los requisitos que pidió el TEEH.
De igual manera en esta sesión virtual no presencial, se confirmó las sentencias del TEEH respecto a que los ciudadanos, Alejandro Canek Vázquez Góngora y José Francisco Hernández Hernández, no incurrieron en actos anticipados de campaña.
SJA