Fotografía: Especial

 

 

Para el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) en la que se advierte que los lineamientos que deben seguir las organizaciones ciudadanas que aspiran a convertirse en partidos políticos locales son excesivos, no es una corrección de plana, sino la oportunidad para hacer perfectible está normativa.

 

El consejero electoral local Alfredo Alcalá Montaño explicó que así como ha sucedido en otras sentencias emitidas por los órganos jurisdiccionales en materia electoral respecto de los criterios asumidos por el IEEH, en las que se ha actualizado la visión interna, en esta ocasión no será la excepción y se tendrán que actualizar estos lineamientos a fin de fortalecer los derechos político-electorales de la ciudadanía.

 

Afirmó que los lineamientos se van construyendo con cada proceso electoral para tener un sistema electoral fortalecido, actualizado, eficaz y oportuno, pues en cada proceso surgen eventos y experiencias de las que se puede aprender para tomar mejores decisiones.

 

Hay que recordar que el IEEH le negó el registro a una organización ciudadana que aspiraba a convertirse en partido político local, porque a su consideración no presentó en tiempo y forma su expediente.

 

Sin embargo, el TEEH indicó que los lineamientos eran excesivos y limitantes porque se puso un horario de 16:30 horas, cuando en la ley se establece que la entrega del aviso de intención debe ser el 31 de enero, fecha que no está limitada a esa hora y por ello se ordenó al IEEH a revisar su expediente como al resto, aunque finalmente está asociación no cumplió con los requisitos legales establecidos.

 

 

 

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