Fotografía: Nelly Téllez
Magistrados del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) desecharon de plano la demanda promovida por un grupo de ciudadanos que pretendían impugnar la reforma electoral local; sin embargo, este asunto queda fuera de las facultades propias de este órgano jurisdiccional electoral.
La magistrada presidenta del TEEH, María Luisa Oviedo Quezada, explicó que se admitió esta demanda pues los ciudadanos presentaron la queja por la vía de un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano; pero al revisarlo a fondo, no había materia de litigio.
Ante esto, el magistrado, Manuel Alberto Cruz Martínez, refirió que el acto reclamado no es procedente porque un juicio de esta naturaleza únicamente para contravenir los actos o resoluciones que vulneren los derechos de votar y ser votados, asociación y afiliación, así como de integrar órganos electorales.
Pero dada la naturaleza de lo que piden, los actos señalados no recaen en la esfera electoral, pues las quejas contra los resultados del proceso legislativo recaen en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a través de una acción de inconstitucionalidad, por ello el TEEH carece de atribuciones para resolver y se desechó.
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